MONITORIZAR EL CORREO DE EMPRESA DE LOS EMPLEADOS

¿Puede el empresario revisar el correo de los empleados?, las empresas pueden monitorizar tus comunicaciones, leer el correo electrónico y los mensajes en apps de mensajería y redes sociales durante el horario laboral, aunque no tengan relación con el propio trabajo, según acaba de ratificar el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo.
Ahora bien, las empresas no tienen derecho a controlar de forma ilimitada los correos profesionales de sus empleados. Pueden controlar el correo interno, pero deben avisar previamente al interesado y deben tener un motivo concreto para hacerlo. Esto es lo que establece una sentencia emitida ayer por el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo. La sentencia es inapelable y sienta jurisprudencia para todos los países miembros de la Unión. Según la sentencia, un control sistemático e indiscriminado de los correos profesionales por parte de las empresas supondría «una vigilancia permanente» y «contraria a la dignidad humana».
Hay que tener en cuenta que hay que respetar siempre la intimidad de las personas por lo que para que exista esta monitorización, la empresa debe tener sospechas fundadas de que el empleado está faltando a los acuerdos contractuales, pero sin invadir su intimidad. Deben respetarse los principios de idoneidad y proporcionalidad.
Lo que supone una vulneración de la privacidad es que la organización entre, como ocurrió en este caso que dio lugar a la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en el propio contenido de los mensajes. Aunque se puede monitorizar el correo del empleado nunca se debería de entrar en un correo que previamente no fuese visualizado o abierto por éste. Se recomienda que además de avisar al empleado o empleados de que sus correos serán examinados, debe hacerlo en presencia de éste o éstos.

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