CANAL DE DENUNCIAS

Este sistema permite que las personas que se encuentran en un contexto laboral puedan comunicar irregularidades de manera anónima y confidencial

¿Quiénes están obligados a implantarlo?

Organizaciones con 50 o más personas trabajadoras contratadas

Partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales y fundaciones que reciban o gestionen fondos públicos

Todas las Administraciones Públicas

Organizaciones que estén sujetas a normativa en materia de servicios, productos y mercados financieros, seguridad del transporte, protección del medio ambiente, prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo

En Prodasva te ayudaremos a implantar el Canal Ético

 

Prodasva te ayudará a implantar el Canal Ético en tu organización, cumpliendo con todos los requisitos legales y garantizando el cumplimiento de la legislación aplicable, en especial, en materia de protección de datos personales. Además, te proporcionamos tres opciones diferentes de implantación y gestión para que puedas elegir la que mejor se adapte a tu empresa, proporcionándote asesoramiento en todo el proceso.

Plazos máximos para su implantación

canal de denuncias edificio

Hasta el 13 de Junio de 2023

 

Administraciones Públicas y las entidades jurídicas del sector privado con más de 249 personas trabajadoras

Hasta el 1 de Diciembre de 2023

 

Empresas con 249 o menos personas trabajadores, así como los municipios de menos de 10.000 habitantes

canal de denuncias oficina vacia

¿Qué tengo que hacer?

Designar a un responsable interno del sistema

Puede ser una persona física o un órgano colegiado y deberá desarrollar sus funciones con independencia y autonomía.

Obligación de comunicar

Proporcionar, de forma clara y accesible, información sobre los canales internos y externos (datos de contacto, procedimiento de gestión, condiciones…)

Asesoramiento en materia de protección de datos

Debido a las exigencias que establece la normativa en dicha materia, siendo necesario el diseño de Sistemas Internos de información que garanticen la debida confidencialidad y el anonimato, en caso de que el informante lo requiera.

Diseñar una política específica

Que enuncie los principios generales en materia de Sistemas Internos de Información y defensa del informante, debiendo ser publicitada en el seno de la entidad u organismo

Establecer un procedimiento de gestión de la información

Que contenga determinados aspectos importantes como pueden ser la determinación de un plazo máximo para realizar las investigaciones, así como la necesidad de cumplir con el respeto a la presunción de inocencia y el honor de las personas afectadas.

Crea un libro-registro

Donde se detallen las informaciones recibidas y las investigaciones internas realizadas, garantizando, en todo caso, los requisitos de confidencialidad previstos en la ley.

¿Me pueden sancionar si no cumplo con la normativa?

 

Sí, ya que la ley establece un catalógo de sanciones a aplicar en caso de que se cometan determinadas infracciones

Personas Físicas

Por infracciones graves: multa entre 10.001€ y 30.000€

Por infracciones muy graves: multa entre 30.001€ y 300.000€

Por infracciones leves: multa entre 1.001€ y 10.000€

Personas Jurídicas

Por infracciones leves: multa hasta 100.000€

Por infracciones graves: multa entre 100.001€ y 600.000€

Por infracciones muy graves: multa entre 600.001€ a 1.000.000€

Adicionalmente a estas multas, en el caso de infracciones muy graves, también se podría sancionar con:

Prohibición de obtener subvenciones u otros beneficios fiscales durante un plazo máximo de cuatro años

Amonestación pública

Prohibición de contratar con el sector público durante un plazo máximo de tres años

Es importante destacar que de no disponer de un Sistema Interno de Información es considerado infracción muy grave

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