Despido disciplinario de una empleada por el uso del coche de empresa fuera de la actividad laboral

DATOS DEL GPS. VEHÍCULO DE EMPRESA. INFORMACIÓN AL TRABAJADOR.
El uso de los datos obtenidos por un geolocalizador GPS instalado en el vehículo de empresa es lícito en los casos en los que el trabajador esté informado de la instalación del dispositivo, tenga restringida la utilización del coche a la actividad laboral y sólo recojan información sobre el movimiento y localización del vehículo. Por tanto, se declara procedente el despido disciplinario de una empleada por el uso del coche de empresa fuera de la actividad laboral. STS nº 766/2020 Social 15/09/2020

Fuente: Vlex España

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